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Dotación laboral en Colombia: ¿quiénes tienen derecho y cuándo debe entregarse?

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28 Septiembre, 2026
Noticias

Empleadores deben suministrar calzado y vestido de labor a los trabajadores que cumplan los requisitos establecidos por la legislación laboral colombiana

¿Quiénes tienen derecho a recibir dotación?

Este beneficio corresponde a los trabajadores cuya remuneración mensual sea hasta de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, siempre que se cumplan las demás condiciones establecidas legalmente.


Además, para tener derecho a la entrega correspondiente, el trabajador debe haber cumplido más de tres meses al servicio del empleador en la respectiva fecha de suministro.


¿Cuándo debe entregarse?

La legislación laboral establece tres entregas de dotación durante el año, en las siguientes fechas:


30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.


La dotación debe ser suministrada gratuitamente por el empleador y debe ser apropiada para la naturaleza de las funciones que desarrolla el trabajador y las condiciones en las cuales presta sus servicios.


La dotación debe utilizarse para desarrollar las labores

La finalidad de esta prestación no consiste simplemente en entregar prendas al trabajador. El calzado y vestido de labor deben estar destinados al desempeño efectivo de las funciones contratadas y ser adecuados para la actividad desarrollada.


Por ello, las empresas deben mantener controles sobre las fechas de entrega, los trabajadores beneficiarios y los respectivos soportes de recibido.


Atención empleadores

No entregar oportunamente la dotación cuando existe la obligación legal puede generar contingencias laborales para la empresa.


Por esta razón, es recomendable que los empleadores revisen periódicamente su nómina, identifiquen los trabajadores que cumplen los requisitos y documenten adecuadamente cada entrega.


Preguntas frecuentes


¿Todos los trabajadores tienen derecho a dotación?
No. La obligación legal está condicionada, entre otros aspectos, al nivel salarial y al tiempo de servicio establecido en la legislación laboral.


¿Cuántas veces al año se entrega?
Tres veces: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.


¿Qué comprende la dotación?

Como regla general, comprende un par de zapatos y un vestido de labor, adecuados para las funciones desempeñadas.

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