Juzgado de Cúcuta ordena
frenar bombardeos ante presencia de menores y civiles
Juzgado de Cúcuta ordena
frenar bombardeos ante presencia de menores y civiles
El Juzgado Octavo
Administrativo del Circuito de Cúcuta admitió una acción de tutela presentada
por Natalia Bernal Cano, quien actúa como agente oficiosa de personas de
especial protección constitucional y de población civil que habita en zonas
donde se han registrado o podrían registrarse bombardeos y operaciones
militares.
En la misma decisión, el
despacho concedió parcialmente una medida provisional y ordenó al Gobierno y a
los mandos de las Fuerzas Militares abstenerse de ejecutar operaciones aéreas
ofensivas cuando, después de agotar las verificaciones y precauciones disponibles,
exista información objetiva sobre la presencia de niños, niñas, adolescentes o
población civil en el área que podría resultar afectada.
La orden también se
aplica cuando, luego de realizar las verificaciones correspondientes, persista
una duda razonable que no haya podido ser despejada sobre la presencia de esta
población en el área de la operación.
El juzgado aclaró que
esta determinación no constituye una prohibición general de las operaciones
militares ni anticipa una conclusión sobre su legalidad. De acuerdo con la
información publicada por Blu Radio, la medida busca que antes de ejecutar una
operación se adopten y verifiquen las precauciones necesarias frente al riesgo
para la población protegida.
Además, el despacho
requirió información relacionada con una eventual participación, apoyo o
asesoría de personal o medios extranjeros en las operaciones mencionadas dentro
de la tutela. También solicitó información sobre la eventual divulgación
oficial de fotografías o videos de personas fallecidas durante operaciones
militares.
La determinación
corresponde a una medida provisional adoptada dentro del trámite de la acción
de tutela.